Se reglamentó la ley que crea el Fondo de Emergencia por Inundaciones

A partir de su publicación en el Boletín Oficial, a través de la Resolución N° 194/15, quedó reglamentado la creación del Fondo de Emergencia por Inundaciones, establecido por la Ley N° 10.267 y administrado por el Ministerio de Gestión Pública, con la asistencia de la Secretaría de Control y Auditoría.

La resolución otorga carácter obligatorio a la utilización del procedimiento especial de subasta electrónica para toda contratación de obras, bienes o servicios llevada a cabo en el marco del fondo.

Para la correcta aplicación de la ley, la Dirección General de Compras y Contrataciones realizará las adecuaciones necesarias al Catálogo de bienes y servicios de la Administración Pública Provincial (agregando, por ejemplo, construcciones de puentes, viviendas, vados, alcantarillas) y definirá los requisitos que deberán solicitarse a los proveedores para el trámite de registro en el portal web oficial de Compras Públicas www.compraspublicas.com.ar.

El Ministerio de Gestión Pública recibirá los pliegos del resto de los ministerios y fijará el presupuesto a partir del cual competirán los oferentes.

El período en el que se pueden realizar las ofertas durará entre cuatro y ocho horas, y puede seguirse en tiempo real desde cualquier dispositivo con acceso a Internet. La identidad de los participantes se revelará al finalizar la subasta.

Al detectarse la oferta más baja, el sistema emitirá automáticamente un acta de prelación, para luego proceder a la adjudicación y contratación del trabajo.

La subasta electrónica garantiza transparencia, economicidad y eficiencia en las contrataciones públicas, por lo que su utilización en el contexto de emergencia tras la catástrofe climática resulta fundamental.

Fuente: Prensa Provincia de Córdoba

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