Proyecto de ley para la prohibición de deducciones y débitos bancarios al IFE (Ingreso Familiar De Emergencia)

Diego Mestre, diputado nacional por Córdoba presentó en el Congreso de la Nación un proyecto de ley para que no se embargue el IFE a quienes hoy están recibiendo esta ayuda más que necesaria, con la finalidad de garantizar el efectivo acceso al consumo de bienes y servicios básicos e indispensables para los sectores más vulnerables de nuestra sociedad entendido este como un derecho humano fundamental del individuo.
Esta iniciativa de inembargabilidad del IFE, prohíbe a las entidades financieras del territorio nacional, deducir, retener o debitar monto alguno, por cualquier concepto y en el supuesto de aquellas que hubieran efectuado dichos descuentos, procederán a revertirlos dentro de las 48hs.
En el marco de la crisis sanitaria mundial que es de público conocimiento, este Ingreso Familiar de Emergencia que surge como respuesta a la desesperación de millones de familias argentinas que lo han perdido todo, y de otros, que necesitan de un estado presente que intente disipar la situación de angustia e incertidumbre que genera la imposibilidad de ir a trabajar para garantizar el sustento económico necesario, no es factible la deducción y débitos bancarios del mismo.
“El trabajo parlamentario parte de la premisa de considerar al derecho de efectivo acceso al consumo como un derecho humano. Y esa efectividad es imperativa para las autoridades estatales, pues nuestra carta magna ordena a las mismas la adopción de políticas públicas concretas a fin de hacerlo realidad, tanto en lo individual como en lo social, en todas sus variables” expresó Mestre al presentar esta ley.
Las Directrices de las Naciones Unidas, aprobadas por la Asamblea General de la ONU en 1985, Resolución 39/248, ampliadas en 1999, enumeran expresamente cuáles son los derechos de los consumidores y usuarios, la obligación de proveer a la protección de los mismos por parte de las autoridades, propiciando el dictado de legislación que reconozca a los mismos y permita su intervención para esos fines, por lo que esta norma instituye un deber concreto a las entidades financieras, en orden al principio de progresividad del derecho del consumidor.
“Recordemos que la naturaleza jurídica de este ingreso es alimentaria, y como tal, conforme nuestro derecho positivo, no puede ser reducido sin poner en riesgo la subsistencia del grupo familiar. Por ello, la iniciativa pretende ser completamente abarcativa en cuanto a la incolumidad del beneficio, estableciendo su inembargabilidad” sostuvo el legislador Mestre.

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