El Concejo Delieberante de Saldán aprobó status de ciudad

En la última sesión ordinaria del período 2017, el Concejo Deliberante de Saldán resolvió por unanimidad aprobar su status de ciudad cuyo proyecto de ordenanza venía cultivándose en el seno del cuerpo legislativo desde principios de 2016.



Asimismo, la norma delega el Departamento Ejecutivo la responsabilidad de comunicar y gestionar el reconocimiento institucional ante la Legislatura Provincial, el gobierno de Córdoba, la Comunidad Regional Colón y las municipalidades vecinas.

La posibilidad de avanzar en la redacción de una Carta Orgánica propia también formó parte del debate de los concejales que, si bien no figura dentro de la ordenanza, propusieron empezar a estudiar esa posibilidad el año próximo en la búsqueda de los consensos políticos y sociales necesarios.



En la misma sesión, también se ratificó el convenio de radio intermunicipal con la ciudad de La Calera, propuesta por el Ejecutivo local tras el acuerdo suscripto en octubre con las autoridades de la ciudad vecina, quedando pendiente por resolverse la misma cuestión con las municipalidades de Villa Allende y la de Córdoba con el objeto de dejar definitivamente resuelta la cuestión de los límites de la ciudad, aunque con este última el tema es más complejo porque se trata de límites interdepartamentales.

En esta línea y durante las sesiones próximas, el Concejo sancionará la ordenanza de creación de la bandera municipal cuya selección se llevó a cabo a través de un concurso público cuyo ganador fue el 6to año del IPEM 193, a partir del veredicto del Jurado respectivo.




Texto de la ordenanza:
DECLARACIÓN DEL STATUS DE CIUDAD PARA LA LOCALIDAD DE SALDÁN 

CUERPO NORMATIVO

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA CIUDAD DE SALDÁN
SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:

ARTÍCULO 1
DECLÁRASE status de CIUDAD a la localidad de Saldán, Departamento Colón, Provincia de Córdoba en ejercicio de su soberanía política y autonomía municipal consagradas en la Constitución Nacional, la Constitución Provincial y la Ley Orgánica Municipal N° 8102 artículo 2º y en función de la fundamentación respaldatoria.

ARTÍCULO 2
DELÉGASE al Departamento Ejecutivo Municipal la responsabilidad de comunicar y gestionar el reconocimiento institucional ante la Legislatura Provincial, el gobierno de Córdoba, la Comunidad Regional Colón y las municipalidades vecinas.

ARTÍCULO 3
COMUNÍQUESE a la comunidad de Saldán y sus instituciones a través del Sistema Integrado de Comunicación (SiCOM) del Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 4
COMUNÍQUESE al Departamento Ejecutivo y a otros órganos del Estado Municipal; PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial Municipal; REGÍSTRESE en el Archivo Oficial, CÚMPLASE y HÁGASE CUMPLIR.

FUNDAMENTOS

VISTO,
El hecho objetivo y estadístico que el Municipio de Saldán registra una cifra superior a los 10000 habitantes, hecho que, de acuerdo a la Constitución y las leyes, lo convierten en ciudad.

Y CONSIDEDANDO,
Que el artículo 2° de la Ley Orgánica Municipal N° 8102 de la Provincia de Córdoba, textualmente, expresa: “Serán reconocidos como Municipios las poblaciones estables de más de dos mil (2.000) habitantes. Aquéllos que tengan más de diez mil (10.000) habitantes serán ciudades”.

Que la condición de ciudad está dada por la cantidad de habitantes, según la ley orgánica municipal vigente y la Constitución Provincial.

Que los números oficiales que arrojan los últimos censos provincial 2008 y nacional 2010 respectivamente determinan que los habitantes de Saldán superan el número de 10000 requerido en el artículo citado de la LOM No. 8102, hecho que generó gran repercusión mediática en su momento.

Que los padrones electorales municipales, desde el año 2015 superan los 10000 electores lo que, por proyección demográfica, indicaría que los habitantes de Saldán, incluidos los menores de 18 años, superarían holgadamente el número requerido por la LOM No. 8102.

Que los inmuebles habitados durante el último lustro se han multiplicado, registrando un número importante de familias que continúan eligiendo Saldán como destino para vivir y que proporcionan la cantidad suficiente de  habitantes para ser declarada oficialmente ciudad.

Que la explosión demográfica ha impactado de manera decisiva en los servicios del Estado Municipal, colapsando la capacidad escolar y sanitaria y que ha provocado que toda la comunidad se una en pos de solicitar al gobierno superior, la urgente construcción de una nueva escuela y nuevos centros de atención de la salud.

Que, a partir de diversos convenios durante los últimos 650 años con la ciudad de Córdoba, Saldán extendió y desarrolló su núcleo urbano lo que le permitió a partir del 2009, acceder a la transferencia de fondos coparticipables en función de la cantidad de habitantes que reciben sus servicios municipales.

Que otras instituciones con asiento en Saldán tienen cobertura zonal, dentro y fuera del radio municipal, tales como la Cooperativa de Obras y Servicios Públicos Saldán Ltda., la Sociedad de Bomberos Voluntarios, el Distrito Policial y los servicios del Juzgado de Paz.

Que, desde el punto de vista de la construcción permanente de la identidad cultural, luego del impactante crecimiento de nuestra localidad a partir del año 2008/9, el pueblo utiliza regularmente la denominación “ciudad” en publicaciones, espacios, símbolos, membretes, posteos, declaraciones públicas como así también expresiones tales como: “somos una ciudad”, “vivimos en una ciudad”, “Saldán es una ciudad”, “ciudad que se siente”, “ciudad que late”.

Que la composición social de los ciudadanos de Saldán, independientemente que residen en territorios compartidos con otras tres ciudades (Villa Allende, Córdoba y La Calera), constituyen un solo núcleo identitario con una cultura y sentido de pertenencia común cultivados desde hace décadas.

Que la proclamación de la Ciudad conduce a que los ciudadanos, a través de sus mecanismos legales, puedan debatir, consensuar y determinar su forma de organización política, jurídica, económica, social, ambiental, cartográfica, cultural de manera autónoma y participativa y consagrarla en su Carta Magna Municipal.

Que la declaración de Saldán Ciudad, además, llega para fortalecer política y estratégicamente la reivindicación de Saldán sobre el radio municipal hasta donde presta sus servicios y sobre los territorios históricamente pertenecientes a su ejido en un todo de acuerdo a la ordenanza N° 

Que la voluntad política del pueblo de Saldán a través de sus representantes es intransferible e impulsa a afirmar la defensa de la autonomía municipal y la rica historia de Saldán como sociedad.



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